Calendario Litúrgico 2019

para Argentina


INDICE

LECCIONARIO

SEMANAS DURANTE EL AÑO

CELEBRACIONES MOVIBLES

JORNADAS ESPECIALES

CALENDARIO PROPIO DE ARGENTINA

COLECTAS IMPERADAS

DÍAS PENITENCIALES

DÍAS DE PRECEPTO

TABLA DE LOS DÍAS LITÚRGICOS

OCURRENCIA DE LAS CELEBRACIONES LITÚRGICAS

MISAS DE DOMINGOS Y DE FIESTAS DE PRECEPTO ANTICIPADAS A LA VÍSPERA

DE LA SOLEMNIDAD EXTERNA DE LAS FIESTAS

ANIVERSARIO DE LA DEDICACIÓN DE LA IGLESIA CATEDRAL

MISA EXEQUIAL

CELEBRACIONES A AÑADIR EN EL CALENDARIO

ESQUEMA BREVE PARA ELEGIR LA MISA QUE DEBE CELEBRARSE

ADICIÓN EN LAS PLEGARIAS EUCARÍSTICAS

TIEMPO DE ADVIENTO

TIEMPO DE NAVIDAD

TIEMPO DURANTE EL AÑO

TIEMPO DE CUARESMA

SEMANA SANTA

TRIDUO PASCUAL DE LA PASIÓN Y RESURRECCIÓN DEL SEÑOR

TIEMPO PASCUAL




  LECCIONARIO

Dominical:
CICLO C
Desde diciembre 2019 (Adviento): Ciclo A

Ferial durante el año: Año IMPAR
Desde diciembre 2019 (Adviento): año PAR

Liturgia de las Horas: Año I
Desde diciembre 2019 (Adviento): Año II


 SEMANAS DURANTE EL AÑO

Antes de Cuaresma:
    hasta el martes 5 de marzo: 8ª semana.

Después del Tiempo pascual:
    desde el lunes 10 de junio: 10ª semana.


  CELEBRACIONES MOVIBLES

* Bautismo del Señor

* Miércoles de Ceniza

* Domingo de Ramos

* Domingo de Pascua

* Ascensión del Señor

* Domingo de Pentecostés

* Santísima Trinidad

* Santísimo Cuerpo y Sangre de Cristo

* Sagrado Corazón de Jesús

* Nuestro Señor Jesucristo, Rey del Universo

* 1er Domingo de Adviento

* Sagrada Familia de Jesús, María y José

13 de enero

6 de marzo

14 de abril

21 de abril

2 de junio

9 de junio

16 de junio

23 de junio

28 de junio

24 de noviembre

1 de diciembre

29 de diciembre



 JORNADAS ESPECIALES

* Jornada mundial de la paz
      1 de enero

*
Jornada de la vida consagrada
      2 de febrero

*
Jornada mundial del enfermo
      11 de febrero

*
Jornada de la juventud
      14 de abril (domingo de Ramos)

*
Jornada vocacional
      12 de mayo (4º domingo de Pascua)

*
Jornada de las comunicaciones
      2 de junio (Ascensión del Señor)

*
Semana de oración por la unidad de los cristianos
      9 al 16 de junio (Pentecostés a Santísima Trinidad)

* Jornada de la infancia misionera
      25 de agosto (4º domingo de agosto)

*
Jornada mundial de oración por el cuidado de la creación
      1 de septiembre

*
Jornada nacional de la vida consagrada
      8 de septiembre

* Jornada nacional de oración y reflexión contra la trata de personas
      15 de septiembre (tercer domingo de septiembre)

*
Domingo bíblico nacional
      29 de septiembre (último domingo de septiembre)

*
Jornada mundial de las misiones
      13 de octubre (2º domingo de octubre)

*
Jornada nacional de oración por la santificación del pueblo argentino y la glorificación de sus siervos de Dios
      1 de noviembre

*
Jornada nacional del enfermo
      11 de noviembre (2º domingo de noviembre)

*
Jornada mundial de los pobres
      17 de noviembre (33er domingo durante el año)

*
Día universal de acción de gracias
      28 de noviembre (4º jueves de noviembre)

 

CALENDARIO PROPIO DE ARGENTINA

(S) = Solemnidad; (F) = Fiesta; (MO) = Memoria obligatoria; (ML) = Memoria libre

Enero

      22       Beata Laura Vicuña, virgen (ML)
      24       María, Reina de la Paz (ML)

Febrero
      25       Beata Ludovica de Angelis, religiosa (ML)

Marzo
      16       San José Gabriel Brochero, presbítero (ML)

Abril
      27       Santo Toribio de Mogrovejo, obispo (F)
                  Nuestra Señora del Valle (2º sábado de Pascua: MO)

Mayo
        8       Nuestra Señora de Luján (S)
      15       San Isidro labrador (ML)
      16       San Luis Orione, presbítero (ML)
      20       Beata Crescencia Pérez, religiosa (ML)
      24       María, Auxilio de los cristianos (ML)

Julio

        6       Nazaria Ignacia March Mesa, religiosa (ML)
        9       Nuestra Señora de Itatí (MO)
      10       San Agustín Zhao Rong, presbítero, y compañeros, mártires (trasladada del 9 - ML)
      16       Nuestra Señora del Carmen (MO)
      23       San Charbel Makhlüf, presbítero (trasladada del 24 - ML)
      24       San Francisco Solano, presbítero (MO)

Agosto

      16       San Roque, presbítero (ML)
      25       Beata María Tránsito Cabanillas de Jesús Sacramentado, religiosa (ML)
      26       Beato Ceferino Namuncurá (ML)
      30       Santa Rosa de Lima (F)

Septiembre

      24       Nuestra Señora de la Merced (MO)

Octubre

        9       San Héctor Valdivielso Sáez, mártir (ML)
      12       Nuestra Señora del Pilar (ML)

Noviembre

        7       María, Madre y Medianera de la gracia (MO)
      13       Beato Artémides Zatti, religioso (ML)
      17       Santos Roque González, Alfonso Rodríguez y Juan del Castillo, presbíteros y mártires (MO)
      19       Santa Isabel de Hungría (trasladada del 17 - (MO)

Diciembre

      12       Nuestra Señora de Guadalupe (F)
 

 COLECTAS IMPERADAS

Los siguientes son días destinados por la Santa Sede y el Episcopado Argentino para realizar colectas para diversas obras de la Iglesia. Algunas diócesis modifican la fecha de la realización de las colectas imperadas y/o añaden otras de alcance en la propia iglesia particular. Asimismo debe tenerse en cuenta que las entidades organizadoras de las colectas imperadas pueden modificar las fechas asignadas.

* Epifanía del Señor: Misiones en África

*
Viernes Santo: Tierra Santa

*
Segundo domingo de junio: Caritas

*
Primer domingo de julio: Servicio universal de la Iglesia

*
Primer domingo de agosto: Fides

*
Segundo domingo de septiembre: Más por menos

*
Segundo domingo de octubre: Misiones pontificias

*
Domingo de Cristo Rey: Acción Católica

*
Primer Domingo de Adviento: Inmigración


DÍAS PENITENCIALES

Días de ayuno y abstinencia

* Miércoles de Ceniza: 6 de marzo.
* Viernes Santo: 19 de abril.

Días de abstinencia solamente

Todos los viernes, a no ser que coincidan con una solemnidad, debe guardarse abstinencia de carne o de otro alimento, según lo que haya determinado la Conferencia Episcopal. (CIC, c.1251)

La ley de abstinencia obliga a los que han cumplido 14 años, la ley de ayuno, a todos los mayores de edad (18 años), hasta que hayan cumplido 59 años (CIC, c. 1252).

La Conferencia Episcopal Argentina, haciendo uso de las facultades que le concede el canon 1253, autoriza la posibilidad de reemplazar la abstinencia de carne por la abstinencia de bebidas alcohólicas, o por una obra de caridad o por una práctica de piedad. Por ahora, la Conferencia Episcopal Argentina no ha dado normas más determinadas acerca de la observancia del ayuno ni tampoco ha concedido la posibilidad de reemplazarlo por otra cosa.
 

DÍAS DE PRECEPTO

* Todos los domingos.
* 1º de enero: Octava de Navidad y solemnidad de Santa María, Madre de Dios.
* 15 de agosto: Asunción de la Santa Virgen María.
* 8 de diciembre: Inmaculada Concepción de María.
* 25 de diciembre: Natividad del Señor.
 

TABLA DE LOS DÍAS LITÚRGICOS

Dispuesta según el orden de precedencia

I

1. Triduo Pascual de la Pasión y Resurrección del Señor.
2. Natividad del Señor, Epifanía, Ascensión y Pentecostés.
Domingos de Adviento, Cuaresma y Pascua. Miércoles de Ceniza.
Ferias de Semana Santa, desde el Lunes Santo al Jueves Santo, inclusive. Días dentro de la Octava pascual.
3. Solemnidades del Señor, de la Santísima Virgen María y de los santos inscritas en el Calendario general.
Conmemoración de todos los fieles difuntos.
4. Solemnidades propias, a saber:
    a) Solemnidad del Patrono principal del lugar, sea del pueblo o de la ciudad.
    b) Solemnidad de la Dedicación y aniversario de la Dedicación de la iglesia propia.
    c) Solemnidad del Título de la iglesia propia.
    d) Solemnidad del Título o del Fundador o del Patrono principal de una Orden o Congregación.
         De estas celebraciones sólo una se incluye como solemnidad en el Calendario, las otras dos se tendrán como fiesta.
         Si el Fundador es sólo beato, se celebra como fiesta.

II

5. Fiestas del Señor inscritas en el Calendario general.
6. Domingos del Tiempo de Navidad y domingos en el Tiempo durante el año.
7. Fiestas de la Santísima Virgen María y de los santos del Calendario general.
8. Fiestas propias, a saber:
    a) Fiesta del Patrono principal de la diócesis. Si las razones pastorales lo aconsejan, puede celebrarse como solemnidad.
    b) Fiesta del aniversario de la Dedicación de la iglesia catedral.
    c) Fiesta del Patrono principal de una región o provincia, de una nación o territorio más amplio. Si razones pastorales lo aconsejan, puede celebrarse como solemnidad.
    d) Fiesta del Título, del Fundador, del Patrono principal de una Orden o Congregación y provincia religiosa, salvo lo prescrito en el número 4.
    e) Otras fiestas propias de alguna iglesia.
    f) Otras fiestas inscritas en el Calendario de alguna diócesis, Orden o Congregación.
9. Ferias de Adviento del 17 al 24 de diciembre inclusive.
    Días dentro de la Octava de Navidad.
    Ferias de Cuaresma.

III

10. Memorias obligatorias del Calendario general.
11. Memorias obligatorias propias, a saber:
    a) Memorias del Patrono secundario del lugar, diócesis o región o provincia religiosa.
    b) Memorias de los santos o beatos, inscritos en el Martirologio o en su apéndice, cuyos cuerpos se conservan en la propia iglesia u oratorio.
    c) Otras memorias obligatorias inscritas en el Calendario de alguna diócesis, Orden o Congregación.

12. Memorias libres («ad libitum») que también pueden celebrarse en forma peculiar indicada en las Ordenaciones generales del Misal y de la Liturgia de las Horas (ver O.G.M.R., n. 355c y O.G.L.H., nn. 237-239) cuando caen en los días señalados en el n. 9.
      De esta misma manera pueden celebrarse las memorias obligatorias que accidentalmente caen en las ferias de Cuaresma.
13. Ferias de Adviento hasta el día 16 de diciembre inclusive.
      Ferias del tiempo de Navidad desde el día 2 de enero hasta el sábado después de Epifanía.
      del tiempo pascual desde el lunes después de la Octava de Pascua hasta el sábado antes de Pentecostés inclusive.
      Ferias durante el año.
 

OCURRENCIA DE LAS CELEBRACIONES LITÚRGICAS

Si varias celebraciones caen en un mismo día, tiene prioridad aquella que en la Tabla de los días litúrgicos figura con un número anterior, observando lo que se dice a continuación.

Las celebraciones de los santos de un Calendario particular que caen en días de celebraciones del Calendario general, aunque sean estas de grado inferior, se trasladan a otro día a no ser que por razones pastorales haya que preferir la celebración del Calendario particular.

Las celebraciones que se inscriben en el Calendario general, deben ponerse el mismo día en el Calendario particular, cambiando, si es necesario, el grado de la celebración. La misma norma hay que observar cuando se trata de celebraciones de una iglesia o parroquia con respecto al Calendario de la diócesis o familia religiosa.

Si algún año alguna solemnidad se viera impedida, se traslada al día más próximo que esté libre de las solemnidades y fiestas señaladas en los números 1 al 8 de la Tabla de los días litúrgicos. Con todo, si alguna solemnidad fuera impedida por un domingo de Adviento, Cuaresma o Pascua, en ese caso la solemnidad se traslada al lunes siguiente, según las normas generales, a no ser que sea el lunes de la Semana Santa o el lunes de la Octava de Pascua (C.D. Prot. n. 500/89). Las demás celebraciones impedidas se omiten.

Cuando en un mismo día coinciden la celebración de las Vísperas y las 1as Vísperas del día siguiente:

    a) tiene prioridad la celebración de la Misa de precepto, independientemente del grado litúrgico de las dos celebraciones ocurrentes;

    b) en cuanto a la Liturgia de las Horas, deben celebrarse las Vísperas de la celebración que tiene prioridad en el índice de días litúrgicos. En caso de igualdad se rezan las Vísperas del día en curso. Sin embargo, si la celebración ha de realizarse con el pueblo, será posible la derogación de esta norma, de manera que se evite la celebración de las 1as Vísperas del día siguiente, cuando, por razón del precepto, se celebra la Misa vespertina del día corriente.
 

MISAS DE DOMINGOS Y DE FIESTAS DE PRECEPTO ANTICIPADAS A LA VÍSPERA

Cumple el precepto de participar en la Misa quien asiste a ella donde quiera que se celebren en un rito católico, tanto el día de la fiesta como el día anterior por la tarde (Canon 1248, 1). Es decir, es independiente de las lecturas y oraciones de la misa en la que se participe. Por ejemplo: cumple el precepto quien participe de una misa ritual (de exequias, matrimonio, etc.) en el día de la fiesta o el día anterior

No obstante esa concesión, los pastores instruirán cuidadosamente a los fieles para que no obstante esta concesión, no se pierda el sentido del domingo.

Las Normas universales para el Año litúrgico y el Calendario (n. 3) establecen que la celebración del domingo y de las solemnidades empieza ya al atardecer del día anterior. La expresión «vespere» (por la tarde) del Canon 1248 hay que interpretarla rigurosamente, es decir, se trata del momento en que el día comienza a declinar y el sol entra en su ocaso. Consiguientemente debe celebrarse la misa del domingo o de la solemnidad, con la correspondiente homilía y oración de los fieles

En caso de ocurrencia de varias celebraciones litúrgicas, cuando se celebra una solemnidad en día sábado o en día lunes (de precepto o no), siempre ha de darse la precedencia a la celebración de la Misa de precepto, independientemente del grado litúrgico de las celebraciones que caen el mismo día. (CIC, c. 1248,1)

Teniendo en cuenta las circunstancias de naturaleza pastoral, el Ordinario del lugar indicará al comienzo del año en el Calendario litúrgico propio la práctica a seguir, si es el caso, derogando lo dicho anteriormente, cuando por razones pastorales haya que preferir la celebración de una u otra Misa (Notitiae 1974, p. 223).
 

DE LA SOLEMNIDAD EXTERNA DE LAS FIESTAS

Se permite en los domingos ordinarios que ocurren durante el año, celebrar las fiestas que caen dentro de la semana y que estén vinculadas a la piedad de los fieles, siempre que en la tabla de precedencia, esas fiestas sean mayores que el domingo. De estas celebraciones pueden decirse todas las Misas celebradas con participación del pueblo.
 

ANIVERSARIO DE LA DEDICACIÓN DE LA IGLESIA CATEDRAL

En la iglesia catedral, el aniversario de la Dedicación de la misma se celebra como solemnidad (n. 4b de la Tabla de los días litúrgicos). En las demás iglesias de la Diócesis se celebra como fiesta (n. 8b de la Tabla de los días litúrgicos).

La ocurrencia de esta celebración con otras se resuelve de acuerdo con las normas generales. Para el caso particular de la celebración del Aniversario de la Dedicación de la iglesia catedral cuando cae en domingo del tiempo durante el año ha sido publicada una explicación en la revista Notitiae (n. 102, febrero 1974, p. 61). Según dicha explicación, para ese caso particular la celebración del Aniversario tiene lugar solamente en la iglesia catedral por ser en ella solemnidad, pero no en las demás iglesias de la Diócesis, porque en ellas es sólo una fiesta propia (o particular) del Señor. O sea, se aplica la prioridad o precedencia indicada en la Tabla de los días litúrgicos, según la cual los domingos del tiempo durante el año, están antes de la fiesta del aniversario de la Dedicación de la iglesia catedral. Con todo, téngase en cuenta la facultad concedida al Ordinario del lugar en O.G.M.R., n. 374.
 
Misa: (color blanco) del Común. Gloria. (En la catedral: Credo) Prefacio propio.
Lecturas: del Común.

MISA EXEQUIAL

La Misa exequial (Misa de difuntos) præsente cadavere se puede celebrar todos los días, a excepción de las solemnidades de precepto, el Jueves Santo, el Triduo Pascual y los domingos de Adviento, Cuaresma y Pascua (cf. O.G.M.R., n. 380). En los días en que no se permite la Misa exequial, nada impide que se celebre la Misa propia del día, præsente cadavere. Esta posibilidad está dentro de la concepción pascual de la muerte cristiana.


 CELEBRACIONES A AÑADIR EN EL CALENDARIO

1. Las celebraciones locales a celebrar por todos los clérigos, tanto diocesanos como religiosos, aún los que tienen calendarios propios:
    a) la solemnidad del Patrono principal del lugar y/o de la ciudad.
    b) la fiesta del Patrono principal de la diócesis, región o provincia, nación o territorio más extenso.
    c) el aniversario de la Dedicación de la iglesia catedral (fiesta fuera de la catedral, solemnidad en la misma).
 
2. En todas las iglesias y oratorios deben celebrarse:
    a) el aniversario de la Dedicación de la propia iglesia u oratorio (solemnidad).
    b) la solemnidad del Titular.
    c) la memoria del santo o beato inscrito en el Martirologio o en su Apéndice, cuyo cuerpo se conserva en la iglesia u oratorio.
 
3. La memoria del Patrono secundario del lugar, de la ciudad, de la diócesis o región, obliga sólo al clero diocesano.
 
4. El Titular de la iglesia u oratorio, celébrase uno solo; con todo pueden celebrarse dos o más si están inscritos en el Calendario el mismo día. Hágase lo mismo con el Patrono principal y secundario (Instrucción 24.6.1970, nn. 31-34).
 

 ESQUEMA BREVE PARA ELEGIR LA MISA QUE DEBE CELEBRARSE

1
Domingos privilegiados (de Adviento, de Cuaresma, del Tiempo pascual),
Miércoles de Ceniza, días de la Semana Santa,
solemnidad de Navidad y domingos de ese tiempo,
solemnidades y el 2 de noviembre:


DEBE CELEBRARSE LA MISA DEL DÍA

De esos días, sólo se permite la Misa exequial, excepto en el Triduo Pascual, los domingos privilegiados y las solemnidades de precepto.

2
Domingos del Tiempo «durante el año»:


DEBE CELEBRARSE LA MISA DEL DÍA

Se permite celebrar la solemnidad o fiesta del Señor que caiga en la semana próxima si fuera objeto de devoción de los fieles; y si hubiera ventaja pastoral particularmente importante, se permite la Misa correspondiente a ese caso entre las Misas votivas (según la orden o permiso del Ordinario del lugar). Y se permiten las Misas rituales.

3
Fiestas:


DEBE CELEBRARSE LA MISA DEL DÍA

Si hubiera ventaja pastoral particularmente importante, se permite la Misa correspondiente a ese caso entre las Misas votivas o bien entre las Misas para diversas circunstancias (según la orden o permiso del Ordinario del lugar). Y se permiten las Misas rituales.

4
Ferias de Adviento del 17 al 24 de diciembre, días de la Octava de Navidad, ferias de Cuaresma:


DEBE CELEBRASE LA MISA DEL DÍA

Si hubiera ventaja pastoral particularmente importante, se permite la Misa correspondiente a ese caso entre Ias Misas votivas o bien entre las Misas para diversas circunstancias (según la orden o permiso del Ordinario del lugar). Se permiten las Misas rituales. Y se permiten las Misas de difuntos en circunstancias particulares (día de la muerte, exhumación).

5
Memorias obligatorias:


DEBE CELEBRARSE LA MISA DEL SANTO

Si hubiera ventaja pastoral, a juicio del sacerdote, se permite la Misa correspondiente a ese caso entre las Misas votivas o bien entre las Misas para diversas circunstancias. Se permiten las Misas rituales. Y se permiten las Misas de difuntos en circunstancias particulares (día de la muerte, exhumación).

6
Ferias de Adviento hasta el 16 de diciembre, ferias de Navidad (desde el 2 de enero) y las ferias del Tiempo pascual:


SE CELEBRA LA MISA DEL DÍA

Se permite celebrar las Misas rituales, las Misas de difuntos en circunstancias particulares (día de la muerte, exhumación, primer aniversario), y se puede celebrar un santo inscrito en el Martirologio de ese día, esté o no en el Calendario, como memoria libre.

7
Memorias libres y ferias del Tiempo «durante el año»:


HAY VARIAS OPCIONES PARA CELEBRAR...

- Misa del santo del día o de uno de los santos inscritos ese día.
- Misa de la feria (con algún formularios dominical «durante el año»).
- Misa de un santo inscrito ese día en el Martirologio.
- Misa tomada del algún formulario de las Misas para diversas circunstancias.
- Misa tomada de algún formulario de las Misas votivas.
- Misa de difuntos (sobre todo si se celebra por su intención).

 

 ADICIÓN EN LAS PLEGARIAS EUCARÍSTICAS

La Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos ha dispuesto que en las Plegarias eucarísticas II, III y IV del Misal Romano, después de la Bienaventurada Virgen María, se mencione el nombre de su esposo San José, como se hace en la Plegaria eucarística I.

En castellano las fórmulas son:

- En la Plegaria Eucarística II: «Con María, la Virgen Madre de Dios, su esposo san José, los apóstoles y...»
- En la Plegaria Eucarística III: «Con María, la Virgen Madre de Dios, su esposo san José, los apóstoles y los mártires...»
- En la Plegaria Eucarística IV: «Con María, la Virgen Madre de Dios, con su esposo san José, con los apóstoles y los santos...»




 TIEMPO DE ADVIENTO

Reflexiones pastorales

- En el tiempo de Adviento, con el que se inicia el ciclo litúrgico de Navidad y con el cual comienza un nuevo año litúrgico, el pueblo de Dios que peregrina en el tiempo redescubre la tensión entre la primera venida histórica de Jesucristo y la segunda que acontecerá, de modo glorioso, al fin de los tiempos.

- La espiritualidad del Adviento encamina a los cristianos a profundizar la perspectiva escatológica de la vida, a la vez que prepara a la Iglesia para conmemorar la venida histórica del Redentor, celebrada en cada Navidad. El primer aspecto señalado, con su carácter de fuerte llamada a vivir vigilantes y a prepararse siempre, se destaca más claramente en los primeros días del tiempo de Adviento, mientras que la consideración de los acontecimientos históricos que rodearon el nacimiento de Jesús quedan reservados para los últimos días, las llamadas «ferias fuertes» de Adviento.

- El trasfondo de este tiempo es el de la esperanza y la alegría cristianas. Éstas se apoyan en la certeza de que «el que ha de venir» ya llega, y con él, el advenimiento del cielo nuevo y de la tierra nueva. Las dos expresiones más habituales de la esperanza escatológica cristiana son la petición «venga a nosotros tu Reinos del Padrenuestro, y la aclamación «Ven, Señor Jesús» inmediata a la consagración en la Plegaria eucarística.

Normas generales sobre el Calendario

- El Adviento comienza el domingo más próximo al 30 de noviembre, y se extiende durante cuatro semanas; la cuarta semana se interrumpe ante la celebración de la Navidad que tiene por fecha fija el 25 de diciembre.

- Por iniciarse un nuevo año litúrgico, el ciclo dominical cambia al año C y se utiliza el volumen I de la Liturgia de las Horas; en el Oficio de Lectura se toma la primera lectura señalada con Año I (correspondiente al año 2019 que es el predominante durante el año litúrgico que comienza).

Indicaciones para el Tiempo de Adviento

- El Adviento es un tiempo de conversión y preparación. Por ello las características de las celebraciones deben ser más sobrias que lo habitual; de ese modo quedarán resaltados los elementos festivos de la liturgia en el tiempo de Navidad, al cual el Adviento se encamina. En ese sentido deben tenerse en cuenta las siguientes disposiciones:

- El altar puede adornarse con flores y puede tocarse música instrumental, pero ambas cosas, con mayor moderación que durante el resto del año.

- Hasta el día 16 de diciembre inclusive no se permiten las Misas para diversas circunstancias, ni las votivas, ni las de difuntos llamadas «cotidianas», a no ser por una necesidad o utilidad pastoral. En cambio, están permitidas las Misas de las memorias que caen en esos mismos días según se indica en la Ordenación General del Misal Romano (O.G.M.R. 355). De elegir la Misa de la memoria, se toma la colecta propia y el resto de las oraciones, si no hay propias, del común o de la feria de Adviento; el prefacio se toma del tiempo o del común.

- Desde el día 17 hasta el 24 de diciembre, se emplea el formulario propio del día; toda memoria que pueda estar señalada para alguno de esos días, debe tomarse como libre y sólo se hace «conmemoración», diciéndose sólo la oración colecta; todos los demás elementos se toman del tiempo de Adviento.

- Los domingos no se permiten las Misas de difuntos, tampoco la exequial (cf. O.G.M.R. 380). Durante las ferias de todo el tiempo de Adviento pueden celebrarse la Misa exequial y la Misa de difuntos después de haber recibido la noticia de la muerte, y en el primer aniversario, pero ninguna otra.

- El color de los ornamentos litúrgicos es el morado o violeta. El rosado puede emplearse el 3er. domingo de Adviento. En las memorias de los santos hasta el 16 de diciembre, si se desea, puede utilizarse el color propio (blanco o rojo), pero desde el 17 de diciembre hay que emplear el morado, aun en las conmemoraciones.

- La Corona de Adviento es un signo muy popular de este tiempo sin ser litúrgico en sentido estricto, y no es obligatoria. Es costumbre que en esta corona se coloquen cuatro cirios. Debe procurarse que la corona esté colocada estéticamente pero en ningún caso puede resaltar más que el altar, el ambón o la sede. Las velas de la corona de Adviento pueden encenderse sucesivamente en cada uno de los cuatro domingos, ya sea al inicio de la Misa dominical después del saludo inicial del sacerdote, o bien, donde se celebren, antes de las primeras Vísperas del Domingo. Durante ía semana, tanto en la Misa como en Laudes y Vísperas, pueden estar encendidos los respectivos cirios iluminados los domingos anteriores.

Para la Misa: Leccionario dominical C.
Para la Liturgia de las Horas: 1er volumen.




TIEMPO DE NAVIDAD

Reflexiones pastorales

- La Navidad no es simplemente una solemnidad sino un verdadero tiempo litúrgico que se detiene en la contemplación del «Dios con nosotros». La solemnidad inicial de la Navidad lleva a una consideración detenida del «niño que se nos ha dado» y la liturgia se destaca por la alegría y el regocijo que produce su presencia. La fiesta de la Epifanía completa la consideración de este Misterio que no queda reservado a los confines de Israel ni a los límites del mesianismo temporal de Jesús. Ese niño es «luz para alumbrar a las naciones» y es el Dios verdadero que los magos de Oriente adoran, y el Padre confirma con la unción espiritual en el Bautismo del río Jordán.

- En el interior del tiempo navideño se distinguen diversas etapas que tienen variada intensidad festiva e incluso características propias.

Normas generales sobre el Calendario

- El tiempo de Navidad comienza con las Vísperas de la solemnidad de la Natividad del Señor y se extiende hasta el domingo posterior a la solemnidad de Epifanía inclusive, domingo llamado «del Bautismo del Señor».

- La solemnidad de Navidad se prolonga durante la Octava, es decir, abarca ocho días que, aun con características propias originadas en distintas circunstancias de la historia litúrgica, resuenan con fuerte intensidad y apuntan a conservar el espíritu de la gran fiesta navideña.

- Los días posteriores a la Octava de Navidad ayudan a meditar en las consecuencias del Misterio de la Encarnación del Verbo y tienen un tono festivo menor, si bien deben distinguirse en el modo de celebrar, del Tiempo durante el año.

- Al proyectar y celebrar los días de este tiempo festivo conviene tener presente que la solemnidad con que se puede celebrar las fiestas de Navidad no puede igualar la que corresponde a fiestas del Triduo Pascual y a la Cincuentena posterior.

- Durante la Octava de Navidad, en la Liturgia de las Horas, las Vísperas son cada día propias de dicha Octava, incluso en las fiestas, excepto el día de la Sagrada Familia. En cambio, el Oficio de Lectura, las Laudes y la Hora intermedia, los días que coinciden con una fiesta son de esta fiesta y no de la Octava. Si en algún lugar, por indicación de un Calendario particular propio debidamente aprobado, durante estos días se celebrara alguna solemnidad, las Vísperas serían de la solemnidad y no de la Octava de Navidad.

- La semana IV del salterio continúa después de la solemnidad de Navidad y es referencial para la salmodia de la Hora intermedia de los días de la Octava que no tienen salmos propios, si bien, para la salmodia, se utiliza la antífona única propia del tiempo de Navidad. Con el domingo posterior a la solemnidad de Navidad que habitualmente es la fiesta de la Sagrada Familia, se retoma la semana I del salterio.

Indicaciones para el Tiempo de Navidad

- El día de Navidad (donde se celebren, antes o después de las Primeras Vísperas; en las demás iglesias, antes de la Misa de la noche) puede bendecirse la imagen del Niño Jesús con el formulario propio que se halla en el Bendicional.

- Dado que para la liturgia, los días de la Octava forman como un gran día, durante esos días se canta o dice el Gloria y se utilizan los elementos propios del día de Navidad en las Plegarias Eucarísticas. Asimismo deben tenerse en cuenta las moniciones y partes variables de la Misa para que se destaque el clima litúrgico de este tiempo.

- Durante la Octava de Navidad, todas las memorias son libres y solamente pueden celebrarse a la manera de conmemoración, es decir tomando únicamente la oración colecta. En los días posteriores se siguen las reglas generales.

- Durante la Octava de Navidad no se permiten las Misas para diversas necesidades, ni las votivas, y tampoco las misas de difuntos a excepción de la Misa exequial. En el resto del tiempo, la Misa exequial está permitida incluso los domingos y en los demás días también puede celebrarse la Misa de difuntos después de recibida la noticia de la muerte y en el primer aniversario, pero no las Misas generales de difuntos.

- El color de los ornamentos litúrgicos es el blanco. En la Octava de Navidad, en las fiestas de los santos allí inscritos, se utiliza el color blanco o el rojo según se indica. En las memorias de los santos, a partir del 2 de enero, puede usarse el color propio (blanco o rojo, según corresponda).




TIEMPO DURANTE EL AÑO

Reflexiones pastorales

- En el tiempo llamado «durante el año» u «ordinario» no se celebra ningún aspecto concreto del misterio de Cristo sino que se procura profundizar el conjunto de la historia de la salvación, sobre todo a través de una contemplación continuada, fundamentalmente cronológica, del mensaje bíblico vivido en su desarrollo progresivo. La importancia de este período del año litúrgico para el crecimiento de la vida espiritual cristiana puede vislumbrarse por el mismo hecho de que abarca la parte más extensa del año litúrgico.

- Los ejes fundamentales de este tiempo son el día domingo y los respectivos ciclos de lectura continuada de la Misa dominical y ferial, y del Oficio de Lectura en la Liturgia de las Horas. El domingo, día del Señor, es central en la espiritualidad cristiana y marca salvíficamente la vida del creyente que se despliega en su rutina habitual.

Normas generales sobre el Calendario

- El tiempo durante el año comprende 34 semanas y se divide en dos etapas, una previa al Ciclo Pascual, y otra después de concluido éste. En este año 2016, la primera etapa abarca desde el 11 de enero hasta el 9 de febrero y comprende 5 semanas (desde la primera hasta los primeros días de la quinta); la segunda etapa abarca desde el 16 de mayo hasta el 26 de noviembre y comprende 28 semanas (desde la séptima hasta la trigésimo cuarta).

 Indicaciones para el Tiempo durante el año

- El formulario de la Misa puede elegirse con menor o mayor libertad según se trate de una solemnidad, fiesta, memoria obligatoria, memoria libre o feria. Para saber en cada caso qué Misas pueden celebrarse cada uno de los días, puede consultarse la orientación ofrecida en las páginas 10-11.

- Por el bien pastoral de los fieles en los domingos del tiempo durante el año es lícito celebrar la Misa de aquellas solemnidades que caen entre semana y que tienen mucha aceptación en la piedad de los fieles, siempre aue estas celebraciones puedan ser preferidas al Domingo según la tabla de precedencia. Estas solemnidades son, por ejemplo, el Patrono del lugary el Titular de la iglesia.

- Siempre que se celebre la Eucaristía con especial solemnidad puede cantarse o decirse el Gloria e incluso el Credo, aunque la liturgia del día no lo prescriba.

- En las memorias, si la mayoría de los fieles participa de la Misa diariamente, conviene usar las lecturas feriales del día; en cambio si se trata de un grupo que sólo participa algunos días (por ejemplo, en los colegios en los aue se asiste un día por semana) es mejor usar las lecturas de aquel día de la semana que resulte más significativo para quien no sigue toda la trama de la lectura continua (cf. O.G.M.R. 358) o bien las de la memoria.

- En las memorias de los santos, tanto obligatorias como libres, habitualmente la oración colecta se toma del formulario del santo (del propio o del común); la oración sobre las ofrendas, el prefacio y la oración después de la comunión, si no son propios, pueden escogerse libremente o bien de entre las misas feriales, o bien de algunos de los formularios del respectivo común del santo.

- Las lecturas, tanto en las memorias (obligatorias o libres) como en las ferias, habitualmente deben tomarse del leccionario ferial, a no ser los pocos casos en los que una determinada lectura se refiera directamente al santo que se recuerda, como se lo advierte en cada caso. Pero, si parece pastoralmente conveniente, pueden tomarse también del propio o común de la memoria, lecturas que se encuentran en el volumen III del leccionario.

- En las ferias del tiempo durante el año y en las memorias libres, las oraciones de la Misa pueden elegirse entre las correspondientes a:

a. el domingo precedente o cualquiera de los 34 domingos del tiempo ordinario.
b. las misas por diversas necesidades.
c. las misas votivas.
d. la Misa de un santo inscrito en aquel día en el Martirologio (no en cambio de un beato, a no ser en aquellos lugares en los que se permite su culto).
e. las misas de la Virgen María, si se trata de un sábado.
f. la Misa de difuntos (con la condición que se aplique la Misa por el difunto).

Las lecturas en todos estos casos, habitualmente, son las feriales pero nada obsta que por razones pastorales se elijan las lecturas asociadas a la misa que se celebrará.

- En las solemnidades y fiestas, para realzar debidamente su carácter y diferenciarlas de las memorias, debe procurarse que los cantos sean verdaderamente alusivos al día (especialmente el canto de entrada), no omitir la Oración universal o de los fieles y conviene utilizar en estos casos una Plegaria Eucarística que permite nombrar al santo.

- Los domingos no se permiten las misas de difuntos, excepto la Misa exequial. Los días con memoria obligatoria pueden celebrarse la Misa exequial y las misas de difuntos después de recibida la noticia de la muerte y en el primer aniversario, pero no se permiten las misas generales de difuntos. En las ferias, como ya se indicó, puede celebrarse cualquier misa por los difuntos.

- El color litúrgico de los ornamentos durante este tiempo es el verde. En las misas por diversas necesidades y en las misas votivas puede utilizarse otro color según se indica en el Misal. En las misas de la Virgen María se utiliza el color blanco y en las misas de difuntos puede utilizarse el color morado o el color blanco si pareciera conveniente.





TIEMPO DE CUARESMA

Reflexiones pastorales

- El tiempo de Cuaresma tiene como finalidad preparar a los fieles para la celebración de la Pascua; en efecto, la liturgia cuaresmal prepara la celebración del Misterio pascual, tanto a los catecúmenos como a los ya bautizados. En el caso de los catecúmenos, dicha preparación se realiza mediante las diversas etapas de la iniciación cristiana; para los ya bautizados, el camino que propone la Iglesia es el de la conversión y la penitencia.

- La Cuaresma tiene en su trasfondo espiritual la imagen bíblica del desierto. Este representa, por un lado, la experiencia del pueblo de Israel después de la celebrada salida de Egipto, y por otro, el ayuno y oración de Jesús que finalizó con su victoria sobre las tentaciones de Satanás. Ambas experiencias registradas en la Sagrada Escritura inspiran el camino cuaresmal, porque en este tiempo litúrgico los cristianos están llamados a retomar la alianza bautismal prefigurada en aquella alianza del Sinai y a crecer en la fidelidad a la Palabra de Dios con la cual el Señor venció toda tentación.

- En el tiempo de Cuaresma hay acentos temáticos que responden a la inmensa riqueza teológica del Misterio que se celebra. Así en la liturgia dominical, cada ciclo subraya un aspecto de los dones de Dios y de la identidad cristiana: en el ciclo A el acento está puesto en la raíz bautismal de la condición creyente del cristiano y los textos evangélicos joánicos de los domingos 3°, 4° y 5° son los que se usaban en el antiguo camino catecumenal. En el ciclo B, la mirada se concentra en el Señor sufriente y entregado por nuestros pecados,y en el ciclo C -del año en curso-, el acento se desplaza a la misericordia de Dios, siempre ofrecida al pecador. En todas as primeras lecturas dominicales se destacan los grandes momentos de la historia salvífica de Israel en clave de alianza, y en ellas se vislumbra la prefiguración de la nueva y eterna alianza que se consuma con Jesús. En la liturgia ferial todo está orientado a valorar los dones constantes del Señor sus hijos y a la consecuente conversión de vida y costumbres.

Normas generales sobre el Calendario

- El tiempo de Cuaresma se extiende desde el Miércoles de Ceniza hasta la misa de la Cena del Señor, exclusive.

- Cada día de la Cuaresma tiene un formulario propio para la Misa. Todas las memorias se toman como libres y deben celebrarse como «conmemoraciones» es decir rezando únicamente la oración colecta propia y tomando las demás oraciones del día litúrgico correspondiente. El Miércoles de Ceniza y las ferias de Semana Santa tienen sus formularios propios y no pueden ser sustituidos por ningún otro formulario.

 Características particulares

- Desde el comienzo de la Cuaresma hasta la Vigilia pascual no se canta el Aleluia que precede al Evangelio ni se lo dice en ninguna antífona o expresión que lo pueda contener.

- Se puede escoger, a voluntad, uno de los cinco prefacios de Cuaresma, fuera de los días que lo tengan propio, y pueden utilizarse las plegarias eucarísticas de la reconciliación con su prefacio, cuando no esté señalado un prefacio propio en cuyo caso deberá utilizarse la plegaria eucarística I, II o III.

- Cada día de la Cuaresma tiene asignada en el Misal una oración sobre el pueblo que precede a la bendición final. Dicha oración es obligatoria los domingos y optativa en las ferias.

- En tiempo de Cuaresma queda prohibido adornar con flores el altar, y se permiten los instrumentos musicales sólo para sostener el canto, como corresponde al carácter penitencial de este tiempo. De esta norma se exceptúan el 4° domingo de Cuaresma, las solemnidades y fiestas.

- Las memorias de los santos, aun las obligatorias, se suprimen. Las memorias de los santos se pueden celebrar en Cuaresma de la siguiente manera:

a. En el Oficio de lecturas:
Después de la lectura patrística propia del tiempo, con su responsorio, se agrega la lectura hagiográfica con su responsorio; se concluye con la oración del santo.

b. En Laudes y Vísperas:
Después de la oración conclusiva -omitida la conclusión- se añade la antífona del cántico evangélico (propia o del común) y la oración del santo.

c. En la Misa:
Se dice sólo la oración colecta del santo, excepto el Miércoles de Ceniza y en la Semana Santa. El resto del formulario se toma del día cuaresmal correspondiente. Si bien en este caso se omite la oración colecta del día cuaresmal, esta no tiene que dejar de influir en el relieve que se debe dar a este tiempo especial del año litúrgico.

- Durante todo el tiempo de Cuaresma se prohíben las Misas de difuntos con excepción de la Misa exequial y el primer aniversario de la muerte, misas estas que se pueden celebrar en las ferias pero no los domingos.

- En la celebración del Matrimonio, dentro o fuera de la Misa, recomiéndese a los esposos que tengan en cuenta la naturaleza peculiar de este tiempo litúrgico.

- El color de los ornamentos litúrgicos es el morado o violeta. El rosado puede utilizarse el 4° Domingo, tradicionalmente llamado Laetare. En las memorias de los santos bajo la forma de conmemoración, se conserva el color morado o violeta.

- En la Liturgia de las horas se usan los elementos propios del tiempo de Cuaresma. No se dice Aleluia, y el Te Deum se conserva exclusivamente en las solemnidades y fiestas, omiténdose los domingos.

Para la misa: Dominical C.
Para la Liturgia de las Horas: 2° volumen.




SEMANA SANTA

- Durante la Semana Santa la Iglesia celebra los misterios de la salvación realizados por Cristo en los últimos días de su vida, comenzando por su entrada mesiánica en Jerusalén.

- Los ritos de Semana Santa, es decir, la bendición y procesión de los ramos, la reposición del Santísimo Sacramento después de la Misa de la Cena del Señor, la Acción litúrgica del Viernes Santo y la Vigilia pascual, pueden celebrarse en todas las iglesias y oratorios. Pero conviene que, en las iglesias no parroquiales)/ en los oratorios, sean celebrados solamente si puede hacerse con dignidad, es decir, con un número adecuado de ministros, con la posibilidad de que por lo menos algunas partes sean ejecutadas con canto.y además, que cuenten con una considerable asistencia de fieles. De lo contrario, es conveniente que estas celebraciones se realicen tan sólo en las iglesias parroquiales)/ eñ otras iglesias más grandes. Conviene también que sobre esta materia dé normas la autoridad eclesiástica competente.

Indicaciones para el Domingo de Ramos

- En todas las Misas de este domingo se recuerda la entrada del Señor en Jerusalény esto se hace por medio de la procesión o bien de la entrada solemne antes de la Misa principal o bien por el rito de la entrada simple en las demás Misas. Con todo, la entrada solemne -no así la procesión-puede reiterarse antes de alguna otra Misa que suele celebrarse con gran asistencia de fieles.

- En la Liturgia de las Horas, en la bendición y procesión de los ramos y en todas las Misas de este domingo, se utilizan ornamentos de color rojo.

- Para la procesión el sacerdote se reviste con casulla o bien con capa pluvial.

- Después de la procesión o de la entrada solemne, se omite la señal de la cruz y el acto penitencial, como también la aspersión del pueblo con el agua bendita, y enseguida el sacerdote dice la oración colecta. Luego la Misa continúa como de costumbre.

- No se permite la sola bendición de los ramos sin la siguiente procesión o entrada solemne y Misa.

- Para la lectura de la Pasión del Señor no se llevan los cirios, no se usa el incienso, se omite el saludo y no se signa el libro. Es leída por el diácono, y si no por el mismo sacerdote. También puede ser leíaa por lectores laicos, reservando, en lo posible, la parte de Cristo al sacerdote. Si es o son diáconos los lectores, piaen -antes de la lectura de la Pasión- la bendición del sacerdote como hacen en las demás Misas antes de leer el Evangelio. Si los lectores no son diáconos, se omite este rito. Anunciada la muerte del Señor, todos se arrodillan y se hace una breve pausa. Al final de la lectura o del canto no se besa el libro pero se aclama «Palabra del Señor».

Indicaciones para el Jueves Santo

Por la mañana: Misa Crismal:

    La Misa crismal que el Obispo celebra con su presbiterio, y dentro de la cual consagra el Santo Crisma y bendice los demás óleos, es una manifestación de comunión eclesial. Debe celebrarse en la iglesia catedral o, por razones pastorales, en otra iglesia más insigne. Dada la importancia de significar la unidad de la iglesia particular, todos los presbíteros, en cuanto sea posible, deben participar en ella y renovar sus promesas sacerdotales. El formulario de dichas promesas, con la súplica final del pueblo, reemplaza la Oración universal o de los fieles.

    Con el Santo Crisma, consagrado por el Obispo en esta Misa solemne, se ungen los recién bautizados, los confirmados son sellados, y se ungen las manos de los presbíteros, la cabeza de los obispos, y ia iglesia y los altares en su dedicación. Con el óleo de los catecúmenos éstos se preparan y disponen al Bautismo. Con el óleo de los enfermos éstos reciben el alivio en su debilidad.

    Según la costumbre tradicional de ia Liturgia latina, la bendición del óleo de los enfermos se hace antes del final de Ia plegaria eucarística I. La del óleo de los catecúmenos y la consagración del crisma, después de la comunión. Sin embargo, si parece conveniente, puede hacerse todo el rito de bendición después de las promesas sacerdotales.

    Los nuevos óleos benditos deben llevarse a las iglesias con especial cuidado y esmero; los viejos óleos se queman o se dejan que ardan en la lámpara del Santísimo.

Por la tarde comienza el:

  TRIDUO PASCUAL DE LA PASIÓN Y RESURRECCIÓN DEL SEÑOR

Normas generales

- Como Cristo realizó la obra de la redención humana y de la perfecta glorificación de Dios por su Misterio pascual por el cual muriendo, destruyó nuestra muerte y resucitando restauró nuestra vida, el sagrado Triduo pascual de la Pasión y de la Resurrección del Señor brilla como la culminación de todo el año litúrgico. Así, pues, como el domingo es la cumbre en la semana, así lo es la solemnidad de la Pascua en el año litúrgico.

- El Triduo pascual de la Pasión y de la Resurrección del Señor comienza con la Misa vespertina en la Cena del Señor, tiene su centro en la Vigilia pascual y se cierra con las Vísperas del Domingo de Resurrección.

- El sagrado ayuno pascual y la abstinencia se celebran en todas partes el Viernes Santo y se recomienda que se observen también durante el Sábado Santo, a fin de que la Iglesia pueda llegar con espíritu abierto a la alegría del Domingo de Resurrección.

- Para la celebración adecuada del Triduo Pascual se requiere un número conveniente de ministros y colaboradores» que han de ser cuidadosamente instruidos acerca de lo que deben hacer. De allí que no deben celebrarse los oficios del Triduo Pascual en aquellos lugares donde falte el número suficiente de participantes, ministros y cantores» en cuyo caso deberá procurarse que los fieles se reúnan para participar en una iglesia más importante. Los pastores no dejen de explicar a los fieles, en el mejor modo posible, el significado y estructura de las Celebraciones, preparándolos para una participación activa y fructuosa.

Liturgia de las Horas

- En el Triduo pascual la Liturgia de las Horas se celebra tal como se indica en el Propio del Tiempo.

- Quienes participan en la Misa vespertina de la Cena del Señor o en la celebración de la Pasión del Señor del Viernes Santo, no rezan las Vísperas del día correspondiente.

- El Viernes de la Pasión del Señor y el Sábado Santo, puede organizarse la oración pública del Oficio de lectura y de las Laudes.

- Las Completas del Sábado Santo sólo las rezan quienes no participan en la Vigilia Pascual.

- La Vigilia Pascual hace las veces de Oficio de Lecturas. Por lo tanto, quienes no participaron en la Solemne Vigilia Pascual, leerán de la misma, al menos, cuatro lecturas, con sus cánticos y oraciones. Conviene que se escojan lecturas del Éxodo, de Ezequiel, del Apóstol Pablo y del Evangelio.

Misa vespertina de la Cena del Señor:

- La Misa de la Cena del Señor debe celebrarse por la tarde, a la hora más conveniente para el bien de los fieles.

- El sacerdote que tenga bajo su responsabilidad más de una parroquia, puede, con el consentimiento del Ordinario del lugar, celebrar otra Misa en la otra parroquia, pero siempre en horas Vespertinas.

- Donde motivos pastorales lo aconsejen, el Ordinario de| lugar puede permitir una segunda Misa en las iglesias y oratorios en horas de la tarde, y, sólo en caso de verdadera necesidad, también por la mañana, pero sólo para aquellos fieles que de ninguna manera puedan concurrir a la Misa vespertina. Con todo, téngase cuidado de que estas Misas no se permitan para favorecer a personas privadas o grupos particulares y en perjuicio de la Misa vespertina principal.

- Los sacerdotes que hayan celebrado la Misa crismal, o para bien de los fieles, pueden concelebrar nuevamente en la Misa vespertina.

- Desde el comienzo de esta Misa, el sagrario debe estar completamente vacío; en la Misa vespertina se debe consagrar una cantidad suficiente de hostias para la comunión del clero y de los fieles para hoy y mañana.

- Mientras se canta el Gloría se tocan las campanas, las que luego guardarán silencio hasta la Vigilia pascual, a no ser que la Conferencia Episcopal o el Ordinario determinen oportunamente otra cosa.

- El lavatorio de los pies, que según la tradición se hace en este día, significa el servicio y el amor de Cristo. Aunque es un rito optativo, conviene que esta tradición se mantenga y se explique su significado.

- Terminada la Misa, se despoja el altar en el cual se ha celebrado y debe conservarse sobrio todo el ámbito de la iglesia, con excepción del lugar donde se realiza la adoración del Santísimo Sacramento. No deben encenderse velas o lámparas ante las imágenes de los santos.

- Los pastores avisarán a los fieles en qué tiempo conveniente de la noche, según las circunstancias particulares de cada lugar, realizarán la adoración del Santísimo Sacramento, de tal manera, sin embargo, que pasada la medianoche esta adoración se efectúe sin solemnidad. El sacramento debe ser reservado en un sagrario; no debe hacerse una exposición con la custodia.

- Donde después de la Misa vespertina de la Cena del Señor se efectúe la adoración del Santísimo Sacramento, debe celebrarse también la Acción litúrgica del Viernes Santo.

Celebración de la Pasión del Señor

- La Celebración de la Pasión del Señor debe realizarse a partir del mediodía, en horas de la tarde y con preferencia cerca de las tres, pero puede comenzar más tarde si hay razones pastorales que lo aconsejen.

- El sacerdote que tenga bajo su responsabilidad más de una parroquia, puede, con el consentimiento del Ordinario del lugar, reiterar la Celebración en la otra parroquia, pero siempre a partir del mediodía.

- El sacerdote y el diácono se revisten con los ornamentos de color rojo -como para la celebración de la Misa- ya desde el comienzo de la Acción litúrgica.

- El altar está completamente desnudo, sin cruz, sin candeleros, sin manteles; no debe haber tampoco alfombras ni adornos de ninguna naturaleza.

- La celebración se estructura como la presenta el Misal y el silencio meditativo debe ser su característica, sobre todo en el principio y el final de la acción litúrgica.

- Las lecturas deben leerse por entero y la proclamación de la Pasión del Señor según san Juan se canta o se proclama como el domingo anterior, es decir, sin cirios ni incienso, sin el saludo habitual, sin signación, pero sí diciéndose al final «Palabra del Señor».

- El rito de adoración de la Cruz tiene variantes presentadas en el Misal que deben escogerse según la mejor utilidad de los fieles. La colecta destinada a los santos lugares, puede realizarse al finalizar el rito de adoración de la Cruz, antes de que comience el rito de Comunión.

- La Sagrada Comunión se distribuye a los fieles únicamente en la Celebración litúrgica de la Pasión; en cambio, a los enfermos que no pueden participar de la misma, se les puede llevar a cualquier hora del día.

- Después de la Celebración de la Pasión del Señor, guárdese en forma simple la Santísima Eucaristía en un lugar preparado fuera de la iglesia, o, si esto no fuera posible, en el lugar habitual de la reserva, encendiéndose la lámpara como de costumbre.

- Terminada la celebración se despoja el altar, dejando la cruz y los cuatro candeleros que la flanquean, para que los fieles puedan adorarla y permanecer delante de ella en meditación y oración.

- Hoy, después del descubrimiento de la Cruz, y mañana, hasta la Vigilia Pascual exclusive, todos hacen genuflexión sencilla ante la Cruz.

- Los ejercicios de piedad, como el Via Crucis, las procesiones de la Pasión y el recuerdo de los dolores de la Santísima Virgen María, deben responder en los textos y cantos utilizados al espíritu de la Liturgia del día. Los horarios de estos ejercicios piadosos han de regularse con el horario de la celebración litúrgica de la Pasión del Señor, de manera que aparezca claramente que ésta, por su misma naturaleza, está por encima de la devoción popular.

Vigilia Pascual

- Toda la celebración de la Vigilia pascual se realiza de noche, de manera que no debe comenzar antes del anochecer y debe concluir antes del amanecer del día domingo. Esta norma debe ser interpretada estrictamente.

- No está permitida la celebración de la Misa solamente, sin los ritos de la Vigilia.

- La Vigilia puede celebrarse también en las iglesias y oratorios en que no se realizaron las celebraciones del Jueves y Viernes Santo; y puede omitirse donde se realizaron aquellas. La Vigilia es obligatoria donde hay fuente bautismal.

- Es necesario que se respete la verdad de los signos, se favorezca la participación de los fieles y que no falten ministros, lectores y cantores para el buen desarrollo de la celebración. Asimismo debe favorecerse que los grupos particulares tomen parte en la celebración común de la Vigilia pascual, para expresar así que todos los fieles, formando una única asamblea, experimentan más profundamente la pertenencia a la comunidad eclesial.

- Durante toda la Acción litúrgica, el sacerdote y los ministros se revisten con ornamentos de color blanco, como para la Misa.

- El Pregón pascual, magnífico poema lírico que presenta el Misterio pascual en el conjunto de la economía de la salvación, puede ser anunciado, si fuese necesario por falta de un diácono o por imposibilidad del sacerdote celebrante, por un cantor laico, en cuyo caso no recibe la bendición de quien preside y omite las palabras: «Por eso, queridos hermanos» hasta el final de la invitación, como así también el saludo: «El Señor esté con ustedes». Se puede cantar el texto completo o bien el texto abreviado. Si no se puede cantar de ninguna manera, se proclamará el texto con la expresividad conveniente.

- En la proclamación del Evangelio de la Misa se puede usar incienso pero no se llevan los cirios.

- Cuídese el desarrollo de la Liturgia bautismal que presenta variantes según haya o no catecúmenos, y diversas alternativas en los ritos internos.

- La sagrada Comunión puede administrarse a los fieles sólo en la Misa.

En lugar del acto penitencial es muy conveniente realizar el rito de la aspersión con el agua bendecida en la Vigilia pascual o, si no se dispone de ella, bendiciendo agua para la aspersión (ver Misal, Apéndice II, p. 1187 o Libro de la Semana Santa, p. 144).

Los sacerdotes que hayan celebrado o concelebrado la Misa solemne de la Vigilia pascual (aun a medianoche) pueden celebrar o concelebrar la Misa del Domingo de Resurrección; y, si están facultados, pueden también binar o trinar. Asimismo los fieles que participan en la Vigilia pascual pueden comulgar de nuevo en la Misa del día de Pascua.




 TIEMPO PASCUAL

Reflexiones pastorales

- La Iglesia celebra siempre en cada una de las Misas la misma realidad, el Misterio pascual del Señor: bienaventurada Pasión, su gloriosa Resurrección de entre los muertos y su admirable Ascensión. Todas las celebraciones de la Eucaristía actualizan entre nosotros la salvación realizada por el Misterio pascual de Cristo. Pero existe una época dentro del Año litúrgico en la que la Iglesia despliega ante nuestros ojos la riqueza doctrinal y de vida de este misterio a fin de proponerlo como fuente de vida nueva para todo el Pueblo de Dios. Es el tiempo pascual también denominada «cincuentena pascual».

- Durante este tiempo, los fieles redescubren la vida nueva del Resucitado hecha don en el Bautismo. En efecto, la Pascua del Señor se prolonga en la vida sacramental de la Iglesia de la cual el Bautismo es como su puerta e inicio.

- El tiempo pascual, a partir de la distribución de las lecturas que se proclaman en las Misas tanto dominicales como feriales, insinúa etapas diversas. En la primera semana que se celebra con especial solemnidad, como una prolongación del gran día de la Resurrección, se recorren las escenas en las que aparece Jesús Resucitado interactuando con los primeros testigos. En una segunda etapa, la mirada se concentra en la persona del Señor y en las figuras, tomadas especialmente del Evangelio de Juan, que relacionan a Jesús con la Vida de Dios en sí mismo y su participación a los creyentes, de modo de visibílizar los efectos de la gracia pascual en los cristianos. Hacia el final del tiempo pascual aparece la constante promesa del Espíritu Paráclito, preparando así a los fieles a renovar la constante llegada del Espíritu Santo inaugurada en Pentecostés. También durante todo este tiempo, tanto en las lecturas feriales como dominicales, se contempla el proceso de crecimiento la Iglesia de los orígenes para constatar en ella la fuerza de la Vida nueva y su expansión evangelizadora.

 Normas generales sobre el Calendario

- Los cincuenta días que van desde el domingo de Resurrección hasta el domingo de Pentecostés se celebran con alegría y gozo, como si se tratara de un único día de fiesta, más aún, como «un gran domingo». Estos son los días en que especialmente se canta el «Aleluia», Esto es aún más notable en los primeros ocho días, llamados de la Octava de Pascua, en los cuales hay elementos destacados en la Misa de esos días que se asocian al domingo de Resurrección.

- Los 7 domingos de este tiempo, que siguen al domingo de Resurrección, son todos ellos domingos de Pascua. En Argentina el domingo 7° de Pascua se celebra la solemnidad de la Ascensión de nuestro Señor Jesucristo a los cielos, trasladada del jueves anterior.

- Este sagrado tiempo de cincuenta días concluye con el domingo de Pentecostés.

 Indicaciones para el Tiempo pascual

- El cirio pascual permanece cerca del altar o del ambón hasta el domingo de Pentecostés inclusive.

- Cada día de este tiempo tiene un formulario propio en el Misal.

- En los días de la Octava de Pascua se canta o dice el Gloria, se recomienda la Secuencia antes del Evangelio, se dicen las partes propias indicadas en las Plegarias eucarísticasy se añaden los dos «Aleluia» tanto en la despedida de quien preside o del diácono como en la respuesta de los fieles.

- En los días de feria no están permitidas las Misas para diversas circunstancias, ni las votivas, a no ser que una utilidad pastoral lo reclame. En cambio, están permitidas las Misas de las memorias que caen en esos días, sean obligatorias o libres, o de los santos inscriptos esos días en el Martirologio. En este caso, se toma la colecta propia y los demás elementos, si no son propios, se toman del común o de la feria pascual correspondiente. El prefacio se toma del tiempo o del Común. Para la celebración de los santos (principalmente en el Común de los apóstoles y de los mártires) hay textos propios para este tiempo.

- Los domingos no se permiten las Misas de difuntos, tampoco la exequial. Durante la Octava tampoco se permiten las Misas de difuntos, excepto la exequial* En las ferias después de la Octava pueden celebrarse la Misa exequial y las Misas después de recibida la noticia de la muerte y en el primer aniversario, pero no se permiten las Misas cotidianas de difuntos durante todo este tiempo pascual.

- En la Misa agréguese un solo «Aleluia» a la antífona de entrada y a la antífona de comunión, a no ser que ya se encuentre en el texto o no concuerde con el sentido de las palabras.

- Acabada la Octava de Pascua no se dice Gloria ni Te Deum en las ferias de este tiempo.

- Si hubiera neófitos, resérvese para ellos un lugar especial entre los fieles durante todo el Tiempo pascual, en las Misas dominicales, y hágase mención de ellos en la homilía y en la Oración de los fieles.

- Al final de Completas y también en lugar del Ángelus se reza la antífona Regina coeli, hasta el domingo de Pentecostés inclusive.