SAGRADA CONGREGACIÓN PARA EL CULTO DIVINO

Prot. n. 166/70

DECRETO

Establecido el Ordo celebrationis eucharisticae y aprobados los textos pertenecientes al Missale Romanum mediante la Constitución Apostólica Missale Romanum, promulgada por Su Santidad Pablo VI, el 3 de abril de 1969, esta Sagrada Congregación para el Culto Divino recibió del Sumo Pontífice el mandato de promulgar esta nueva edición del Misal Romano, realizada conforme a los Decretos del Concilio Vaticano II, y la declara como edición típica.

Respecto al uso del nuevo Misal Romano, se permite que pueda emplearse ya la edición latina tan pronto como aparezca editada, haciendo las oportunas acomodaciones en lo que se refiere a las fiestas de los santos, hasta que entre en vigor definitivamente el nuevo Calendario. Se encomienda a la solicitud de las Conferencias Episcopales la preparación de las ediciones en lengua vernácula y la determinación del día en que dichas ediciones, debidamente confirmadas por la Sede Apostólica, entrarán en vigor.

Sin que obste nada en contrario.

En la sede de la Sagrada Congregación para el Culto Divino, día 26 de marzo de 1970, Jueves Santo de la Cena de l Señor.

BENNO CARD. GUT
Prefecto

A. BUGNINI
Secretario

SAGRADA CONGREGACIÓN PARA EL CULTO DIVINO

Prot. n. 1970/74

DECRETO DE LA SEGUNDA EDICIÓN TÍPICA

Al tener que imprimir de nuevo el Misal Romano, han sido introducidas variaciones y nuevos textos, para que esta nueva edición responda a los documentos promulgados después de la primera edición de 1970.

En la «Ordenación general», cuyos números marginales no se cambian, se describen los ministerios de acólito y lector, en lugar de los números que trataban del subdiácono (nn.142-152).

Otro cambio de cierta importancia está en la parte del Misal que contiene las Misas rituales y por las diversas necesidades. Algunos formularios han sido completados con las oportunas antífonas de entrada y de comunión. Además, se han añadido los textos de la Misa para la reconciliación y, entre las Misas votivas, los textos de las Misas de Santa María Virgen, Madre de la Iglesia y del Santísimo Nombre de María.

Se han introducido algunas variantes de menor importancia en los títulos y en las rúbricas, para que mejor respondan a las palabras o expresiones que aparecen en los nuevos libros litúrgicos.

El Sumo Pontífice Pablo VI aprobó con su autoridad esta segunda edición del Misal Romano, y la Sagrada Congregación para el Culto Divino ahora la publica y la declara como edición típica.

Corresponderá a las Conferencias Episcopales introducir, en las ediciones en lengua vernácula que preparan, las variaciones contenidas en esta segunda edición del Misal Romano.

Sin que obste nada en contrario.

En la sede de la Sagrada Congregación para el Culto Divino, día 27 de marzo del Año Santo de 1975, Jueves Santo de la Cena del Señor.

JAMES ROBERT CARD. KNOX
Prefecto

+ A. BUGNINI
Arzobispo titular de Diocleciana
Secretario

CONGREGACIÓN PARA EL CULTO DIVINO
Y LA DISCIPLINA DE LOS SACRAMENTOS

Prot. n. 143/00/L

DECRETO DE LA TERCERA EDICIÓN TÍPICA

Mientras se aproxima el tercer milenio de la Encarnación del Señor, pareció necesario preparar una nueva edición del Misal Romano, que incorpore los más recientes documentos de la Sede Apostólica y, sobre todo, el nuevo Código de Derecho Canónico y las enmiendas y adiciones según las varias necesidades.

En lo que se refiere a la Ordenación General del Misal Romano, se han introducido algunas variaciones en las expresiones y las normas, en concordancia con los demás libros litúrgicos y recomendados por la experiencia pastoral. Se exponen con mayor claridad los casos aprobados para facilitar la distribución de la sagrada Comunión bajos las dos especies; se añadió el capítulo IX, nuevo en su integridad y compuesto recientemente, donde se abre el camino para adaptar convenientemente el Misal Romano a las necesidades pastorales.

Se añaden otros formularios para las celebraciones introducidas recientemente en el Calendario Romano general. Para fomentar el culto a la Made de Dios, el Común de la Santísima Virgen María se enriquece con nuevos formularios de Misas. También en otros Comunes, en las Misas por Diversas necesidades o circunstancias establecidas, como también en las Misas por los Difuntos, algunas veces se cambió el orden de las oraciones para conservar con más cuidado la concordancia de los textos. En las Misas de Cuaresma se agrega una oración sobre el pueblo para cada día, según la antigua costumbre litúrgica.

En apéndice al Ordinario de la Misa se encuentra la Plegaria Eucarística para la Reconciliación, y también una Plegaria Eucarística especial que puede ser utilizada para necesidades diversas.

Esta tercera edición del Misal Romano fue aprobada con la autoridad del Sumo Pontífice Juan Pablo II el día 10 de abril del año 2000, y la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos ahora la publica y la declara como edición típica.

A partir de la tercera edición típica, las Conferencias Episcopales procurarán, dentro de un tiempo conveniente, que las nuevas versiones del Misal Romano en lengua vernácula se hagan fielmente según las normas y, corregidas cuidadosamente fieles al texto original latino las anteriores versiones todavía en uso, deben ser reconocidas por la Sede Apostólica conforme al derecho.

En adelante esta tercera edición típica latina del Misal Romano se podrá usar en la celebración de la Santísima Eucaristía desde el día en que se haga pública en forma oficial, y comenzará a tener vigencia en la solemnidad del Cuerpo y Sangre del Señor del año 2000.

Sin que obste nada en contrario.

En la sede de la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, día 20 de abril del año del Gran Jubileo 2000, Jueves Santo de la Cena del Señor.

JORGE CARD. MEDINA ESTÉVEZ
Prefecto

+ FRANCISCO PIO TAMBURRINO
Arzobispo Secretario

CONGREGACIÓN PARA EL CULTO DIVINO
Y LA DISCIPLINA DE LOS SACRAMENTOS

N. 23/03/L

A LA CONFERENCIA EPISCOPAL ARGENTINA

A instancias del Eminentísimo Señor Cardenal Jorge Mario Bertgoglio. Arzobispo de Buenos Aires y Presidente de la Conferencia Episcopal Argentina, en carta fechada el 1°de Abril de 2007, y en virtud de las facultades concedidas a esta Congregación por el Sumo Pontífice Benedicto XVI, gustosamente aprobamos y confirmamos la versión española de la tercera edición típica del Misal Romano según consta en el ejemplar adjunto.

En la impresión del texto insértese íntegramente este decreto de aprobación concedido por la Sede Apostólica. Envíese, además, a esta Congregación dos ejemplares del texto impreso.

Sin que obste nada en contrario.

En la sede de la Congregación del Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, el día 18 de octubre de 2007.

FRANCISCO CARD. ARINZE
Prefecto

+ ALBERTO MALCOLM RANJITH
Arzobispo Secretario

CONGREGACIÓN PARA EL CULTO DIVINO
Y LA DISCIPLINA DE LOS SACRAMENTOS

La presente versión castellana de la 3a Edición típica del Misal Romano ha sido aprobada por la Sede Apostólica para: